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Proteger la naturaleza
Por Eduardo Viñuales
Periodista de 'Heraldo de Huesca' y último premio 'Félix de Azara' en la categoría de Medios de Comunicación
Fotografía: Carlos Dolader
En la montaña existen unas normas elementales de comportamiento para evitar el deterioro de los lugares por donde el excursionista camina. Esta actitud de respeto a la naturaleza permitirá que no quede huella alguna de nuestro paso, y que los que vengan detrás puedan disfrutar de unos paisajes hermosos y rebosantes de vida.

En el Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara, el montañero ha de tener en cuenta además las normas que se derivan de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón y de un decreto que regula la acampada en el Parque Natural.

Se consideran usos o actividades prohibidas:

:::. Encender fuego fuera de los lugares establecidos al efecto o contraviniendo las normas aplicables.

:::. Abandonar, verter o depositar basuras o cualquier objeto fuera de los lugares establecidos a tal fin.

:::. Verter líquidos o sólidos que puedan degradar o contaminar dominio público hidráulico o alterar las condiciones naturales.

:::. Alterar las condiciones naturales del Parque Natural o de sus recursos mediante ocupación, invasión, roturación u otras acciones, así como alterar o destruir la vegetación.

:::. Emitir ruidos que perturben la tranquilidad.

:::. Perseguir, capturar o recolectar material biológico de especies amenazadas, excepto para estudios científicos autorizados.

:::. Cazar y pescar fuera de las zonas autorizadas.

:::. Pernoctar, con o sin tienda, en cotas inferiores a los 2.000 metros. Así como en terrenos de propiedad particular sin autorización del titular del suelo. O en un horario comprendido entre las 8 y las 20 horas.

:::. Alterar o destruir la señalización o instalaciones propias del Parque Natural.

:::. Circular con vehículos a motor campo a través y por caminos forestales, senderos o sendas no autorizados.

:::. Obstaculizar las acciones de la administracción en el Parque Natural.

Sin embargo, en los espacios naturales protegidos de Aragón se permiten con carácter general los usos o actividades agrícolas, ganaderas, forestales, cinegéticas y piscícolas compatibles con la conservación, pudiendo estar sin embargo sujetas a ciertas regulaciones.

Dado que con los años las leyes se cambian, amplían y recortan, es recomendable informarse previamente de estas normas de comportamiento en la Dirección del Parque Natural o preguntando directamente a los agentes forestales y vigilantes de la Sierra de Guara

 


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